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Decía ser infértil para no hacerse cargo y murió en el proceso: el ADN confirmó que sí era el padre

Aseguró tener un problema orgánico para no asumir a su hija, pero la búsqueda de la madre empezó ahí. El fuero de Familia de Villa Regina ordenó una prueba genética para determinar si existía el vínculo biológico.

La búsqueda de una madre por la identidad de su hija comenzó con una respuesta negativa. Cuando la niña tenía cuatro meses, la mujer le comunicó al hombre con quien había mantenido una relación que era el padre. Él rechazó esa posibilidad argumentando que tenía un problema orgánico que le impedía tener hijos. Con ese fundamento, no asumió la paternidad.

Frente a esa negativa, la mujer inició un recorrido para que su hija tuviera reconocida su identidad y su vínculo paterno. Recurrió al Poder Judicial y, en representación de la niña, promovió una acción de filiación. De esta manera, el fuero de Familia de Villa Regina ordenó una prueba genética para determinar si existía el vínculo biológico.

El hombre falleció sin conocer el resultado

Antes de que el proceso llegara a una sentencia, el hombre falleció. La mujer informó su muerte y presentó el acta de defunción. También acompañó un acuerdo que ambos habían firmado unos meses antes. Allí habían establecido, entre otras cuestiones, el nombre con el cual quedaría inscripta la niña.

Durante el trámite judicial se ordenó una extracción de muestras y el análisis molecular de ADN. La pericia del Laboratorio Regional de Genética Forense del Poder Judicial de Río Negro determinó una probabilidad de vínculo biológico de paternidad superior al 99,99998 por ciento. El resultado no recibió objeciones de las partes.

Pese al fallecimiento del hombre, se continuó con el avance del expendiente. Acto seguido se procedió a suspender la tramitación y se citó a sus herederos. Luego se ordenó la publicación de edictos y, ante la eventual existencia de sucesores, se designó un Defensor de Ausentes. La Defensoría Oficial asumió esa representación y antes de la sentencia, el Defensor de Menores e Incapaces dictaminó que correspondía hacer lugar a la acción de filiación.

La justicia ordenó una exhumación para realizar una prueba de ADN a un hombre y un adolescente de Cipolletti.

Con la prueba genética como elemento central, el fuero de Familia tuvo por acreditado que el hombre era el progenitor biológico de la niña. La sentencia destacó el valor de este tipo de estudios para establecer la denominada “verdad biológica” y señaló que el resultado obtenido aportaba una certeza casi absoluta sobre la paternidad.

El fallo también hizo lugar a la incorporación del apellido paterno. De acuerdo con lo que los progenitores habían pactado antes del fallecimiento del hombre, la niña llevará un apellido compuesto, primero el materno y luego el paterno. La jueza ordenó librar oficio y testimonio al Registro Civil para que se modifique la inscripción correspondiente y dispuso que las costas del proceso sean soportadas en el orden causado.

Derecho a la Identidad Biológica

Con el fin de coordinar y centralizar las políticas públicas tendientes a proteger y garantizar el derecho a la identidad, se estableció mediante Resolución del Ministerio de Justicia de la Nación que el “Programa Nacional sobre el Derecho a la Identidad Biológica” pase a desempeñarse en el ámbito de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CoNaDI), dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos.

El programa está dirigido a personas nacidas en Argentina que buscan su origen biológico, cualquiera sea su fecha de nacimiento. No tiene costo.

A las madres y/o familiares biológicos que busquen hijas/os nacidos en Argentina separados de su familia al nacer, independientemente de las fechas o circunstancias en que se haya producido el nacimiento.

¿Qué se necesita?

  • Partida de nacimiento (no es excluyente)

  • Documento Nacional de Identidad. DNI

Posteriormente, se deben comunicar al mail: identidadbiologica@jus.gov.ar o a los teléfonos: (011) 5300-4140 / 11-2756-8330.