Ocurrió en una localidad rionegrin. La mujer dijo que el hombre la agredió al revelar su confesión. El acusado tuvo que cumplir pautas de conducta de una robation.
La confesión de una infidelidad terminó en una grave denuncia por violencia de género, que incluyó golpes, empujones y daños materiales, según sostuvo la víctima. Los hechos ocurrieron a mediados del año pasado en la ciudad de Catriel y el acusado fue identificado con la sigla CAJ.
La acusación describe dos incidentes producidos en la vivienda que compartían. El primero de ellos tuvo como punto de arranque una discusión surgida por un presunto engaño con otra persona. Según se detalla, la mujer se puso “de rodillas” y “le pidió perdón”.
Sin embargo, C no las aceptó y reaccionó violentamente: “La empujó contra el piso y “con intenciones de ocasionarle daño en el cuerpo y su salud”, le dio dos patadas en la pierna, y le provocó “un hematoma en evolución en parte posterior de muslo izquierdo”. Las lesiones fueron consideradas leves, porque requirió “menos de 30 días de curación e inhabilitación”.
El otro episodio ocurrió luego de despertarse. Se volvieron a enfrascar en otra pelea, y en un momento el hombre tomó el teléfono celular Samsung A14 de ella y se lo estrelló contra el piso, destruyendo la pantalla. Pero no fue todo, porque después la tomó del cuello y la empujó contra el suelo, ocasionándole una equimosis (moretón) en el hombre izquierdo, “con dolor de cuello”. Del mismo modo le certificaron lesiones leves, por tener menos de 30 días de recuperación.
En audiencia realizada el 2 de junio CAJ fue imputado por el delito de “Lesiones leves agravadas por ser cometidas por un hombre contra una mujer en contexto de género y (hecho2) Daño y Lesiones leves agravadas por ser cometidas por un hombre contra una mujer en contexto de género”.
Mientras que el 12 de septiembre siguiente le otorgaron una Suspensión de Juicio a Prueba, el procedimiento judicial conocido como probation, que permite a un acusado evitar el juicio aún sin reconocer su culpa a cambio de reparar el daño con el cumplimiento de pautas de conducta en un determinado lapso de tiempo. En este caso fue por un año.
Entre las pautas le impusieron la prohibición de acercamiento, no cometer nuevos delitos y completar un tratamiento psicológico para tratar su hostilidad.
En otra audiencia efectuada recientemente, el defensor Oficial Rodrigo Martínez pidió la extinción de la causa penal y el sobreseimiento del hombre. Alegó que se había cumplido el plazo fijado y también “en general” las pautas de conducta, además de no haberse registrado otros hechos entre las partes, como los enrostrados. Tampoco contaba con antecedentes penales, de acuerdo a lo informado por el Registro Nacional de Reincidencia.
El defensor aclaró que no completó el abordaje profesional de su conducta, ya que había requerido turno de atención, pero que nunca se lo asignaron y quedó “siempre en lista de espera”. La fiscal Analía Díaz no objetó lo planteado por el defensor, y acompañó el pedido de sobreseimiento.
Al analizar el pedido de las partes, la jueza Rita Lucía resolvió sobreseer a CAJ, al mencionar la inexistencia de confrontación y reconocer que las pautas impuestas habían sido obedecidas. En el fallo, consignó que el proceso “no afectó el buen nombre y honor gozados con anterioridad” de CAJ, como se lo exige el Código Penal provincial.