El tribunal dará a conocer la sentencia el viernes 16 de octubre. El hecho por el que el imputado está atravesando el juicio ocurrió el 2 de enero de 2024.
La audiencia de cesura en el juicio contra Germán Pullek, declarado penalmente responsable por un siniestro vial ocurrido el 2 de enero de 2024, en el que murieron tres personas entre Lamarque y Pomona, sobre la Ruta Nacional 250, tuvo este viernes los alegatos finales de las partes, mediante una audiencia por Zoom
La fiscalía y una de las querellas solicitaron que el hombre de 47 años - ya declarado responsable penal de homicidio culposo - cumpla la pena de tres años de prisión condicional y estrictas reglas de conducta. Mientras que la otra querella fue por tres años y 6 meses de prisión efectiva, y la defensa particular requirió la aplicación de la pena natural.
El hecho por el que el imputado está atravesando el juicio ocurrió el martes 2 de enero de 2024, a las 9 de la mañana aproximadamente, en el kilómetro 263 de la Ruta Nacional 250, entre Lamarque y Pomona.
En el debate se probó que el imputado conducía una Chevrolet Meriva y se movilizaba junto a su pareja y sus dos hijos adolescentes, cuando impactó de frente con el Peugeot 408 donde iban las tres víctimas fatales. Producto de la colisión se produjo el deceso de Facundo Chimatti de de 33 años, Elsa Angélica García y Rodolfo Alfredo Pérez de 65 años ambos, mientras que los dos autos se incendiaron.
La fiscal del caso Analía Álvarez explicó: "El accidente se produjo por el accionar imprudente y antirreglamentario del imputado, pues hizo un adelantamiento prohibido por la línea amarilla continúa en el carril por donde circulaba", describió la fiscal.
El pasado 22 de abril, el imputado fue declarado responsable penal por los delitos de "homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor agravado por el número de víctimas".
Álvarez consignó que: "En estos casos debemos realizar una valoración integral de todas las circunstancias, no sólo de algunos de los elementos, sino la modalidad de la conducta desplegada por el imputado, sus condiciones personales, la gravedad del hecho, la extensión del daño causado. Estamos frente a un suceso vial, que tuvo la consecuencia más grave: la pérdida de vida de tres personas, cuyas vidas se vieron interrumpidas y su muerte causó pérdidas irreparables" y agregó: "Además no podemos dejar de lado que detrás de la calificación legal existen personas, familias que deben seguir viviendo luego del accidente".
"El Tribunal tuvo por acreditado que el hombre cometió una conducta culposa, además de que no registra antecedentes penales, que estaba habilitado para conducir, contaba con carnet, conocía las normas que regulan la conducción vehicular y tenía seguro", sumó Álvarez.
"No se puede dejar de considerar las consecuencias que este hecho tuvo dentro del entorno familiar del imputado, las lesiones sufridas por la familia y las gravísimas consecuencias en su hija menor. Pero ello no puede compensar las demás consecuencias", subrayó la fiscal de Choele Choel.
La representante fiscal declaró que "no corresponde la pena natural, estamos frente a un hecho que produjo la muerte de tres personas y existe una declaración de responsabilidad fundada en que este hombre incumplió el deber objetivo de cuidado".
Por ello es que la fiscalía solicitó al Tribunal:
Por su parte, una de las querellas adhirió en un todo al pedido fiscal.
La familia de Facundo Chimatti solicitó al Tribunal que se lo condene a 3 años y 6 meses de efectiva más la inhabilitación por el doble de tiempo y la expresa condena en costas.
Por otro lado, la defensa particular insistió en que se aplique la pena natural o subsidiariamente 3 años de prisión en suspenso y que las reglas de conducta solicitadas se apliquen una vez que el fallo se encuentre firme.
Ahora resta que el Tribunal Colegiado interviniente, compuesto por los jueces Maximiliano Camarda, Luciano Garrido y Laura Pérez, dé a conocer su resolución el próximo viernes 16 de octubre a través de la plataforma Zoom.