La Justicia dispuso este viernes la sentencia para una mujer que cometió robos en distintos comercios de Cipolletti.
Una mujer fue condenada este viernes a dos meses y medio de prisión de cumplimiento efectivo por cometer tres hurtos y un intento de hurto en distintos comercios de Cipolletti. Los hechos ocurrieron entre junio y julio de 2026.
La sentencia fue dictada luego de que la acusada reconociera su responsabilidad y las partes acordaran la resolución del proceso. Debido a que contaba con antecedentes penales computables, la legislación establece que la pena debe cumplirse en un establecimiento de ejecución penal.
Durante la audiencia realizada este viernes, la fiscal adjunta Natalia Poblete detalló la serie de episodios atribuidos a la mujer. Según explicó, en todos los casos habría actuado acompañada por personas que no pudieron ser identificadas durante la investigación.
La modalidad se repitió en los distintos comercios: la acusada ingresaba a los locales junto con sus acompañantes y utilizaba maniobras de distracción para evitar que el personal advirtiera la sustracción de productos de las góndolas.
Los investigadores establecieron que no hubo violencia contra empleados ni clientes. Los productos eran retirados de los comercios aprovechando momentos de distracción, una modalidad que se repitió en diferentes puntos de la ciudad durante pocas semanas.
El primer episodio de la seguidilla ocurrió el 23 de junio en un comercio ubicado sobre la calle Esquiú. De acuerdo con la acusación fiscal, la mujer sustrajo bebidas, productos de higiene y alimentos por un valor aproximado de $20 mil.
La acusada volvió a utilizar la misma modalidad pocos días después. El 28 de junio ingresó a un local comercial situado sobre la calle Alem, donde sustrajo distintos artículos de almacén junto con sus acompañantes.
En este caso, el valor estimado de la mercadería alcanzó los $35 mil. La investigación permitió establecer que la mujer habría aprovechado nuevamente una maniobra de distracción para concretar la sustracción sin ejercer ningún tipo de violencia.
El 5 de julio, apenas una semana después, se produjo un nuevo episodio en otro comercio de la calle Alem. Allí, la acusada se llevó bebidas alcohólicas y otros productos por un valor aproximado de $90 mil.
La reiteración de la modalidad fue uno de los elementos expuestos durante la audiencia. Los distintos episodios presentaban características similares y tenían como objetivo sustraer mercadería de los locales aprovechando la distracción del personal.
El cuarto y último episodio ocurrió el 8 de julio en un comercio de la calle San Martín. En esa oportunidad, la mujer intentó retirarse con chocolates y bebidas cuyo valor total alcanzaba los $122.500.
Sin embargo, la maniobra fue advertida por una empleada del establecimiento. La trabajadora logró impedir que la acusada abandonara el local y solicitó la intervención policial para detenerla.
Cuando llegaron los efectivos, concretaron la detención de la mujer. Ese procedimiento permitió avanzar con el proceso penal que posteriormente derivó en la acusación por los cuatro episodios registrados entre junio y julio.
A diferencia de los tres hechos anteriores, en este último caso la sustracción no llegó a completarse. Por ese motivo, el expediente incluyó tres hurtos consumados y un intento de hurto, de acuerdo con la calificación presentada durante la audiencia.
Durante la audiencia, el defensor oficial Mario Sebastián Nolivo no formuló objeciones respecto de los hechos atribuidos a su asistida ni sobre la calificación legal planteada por la fiscalía.
La propia acusada aceptó su responsabilidad por los episodios investigados. Además, las víctimas de los distintos comercios manifestaron su conformidad con el procedimiento acordado y con la pena finalmente establecida por la Justicia.
Al no existir controversia entre las partes, el juez de juicio resolvió dictar una sentencia condenatoria. De esta manera, la mujer fue declarada penalmente responsable por los tres hurtos y el intento de hurto.
Finalmente, el tribunal impuso una pena de dos meses y medio de prisión de cumplimiento efectivo. La condena no podrá ser cumplida bajo una modalidad alternativa debido a los antecedentes penales computables de la acusada.
La normativa establece que, frente a la existencia de antecedentes que deben ser considerados al momento de determinar la modalidad de cumplimiento, la nueva condena debe ejecutarse en un establecimiento penitenciario.