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Fue a comprar una torta, le hizo una gauchada a un conocido y terminó involucrado en un robo

Un vecino de una localidad rionegrina alzó en su auto a un sujeto que había desvalijado una casa. El ladrón confesó y fue condenado. La investigación reveló que el conductor del rodado desconocía lo que había hecho el pasajero.

Un hombre fue acusado por haber participado en el robo a una casa. Las pruebas en su contra aparecían como indiscutibles: la policía lo había atrapado en su auto junto a otro sujeto que llevaba el costoso botín. El hecho ocurrió la tarde/noche del 10 de junio de 2024, minutos antes de las 20, en un domicilio de la localidad rionegrina de Catriel.

El ladrón, identificado como Vladimir Agustín Inostroza, poseedor de numerosos antecedentes policiales, había entrado a robar por una ventana de la vivienda aprovechando la ausencia de sus moradores, y se apoderó de una PlayStation 4; un joystick Sony; un celular Samsung Galaxy S9 plus; un cargador inalámbrico de la misma marca y una tabla de madera para comer asados.

Con las cosas que cargó en una mochila negra salió por la misma ventana y se fue caminando. A las pocas cuadras se subió a un Fiat Uno color blanco, pero fueron interceptado por un patrullero de la Comisaría 9na. Sin embargo, el conductor ignoró la orden para detener la marcha, por lo que se produjo una persecución hasta que finamente fueron atrapados en inmediaciones de la esquina de las calles Guatemala casi Roma, al sur de la zona céntrica de la ciudad petrolera rionegrina. En la requisa efectuada posteriormente al rodado encontraron la mochila con la Play y el resto de los objetos sustraídos.

Comisaria 9 Catriel

Personal de la Comisaría 9 de Catriel atrapó a los sospechosos de haber robado un televisor. La damnificada culpó a su ex pareja.

Un testigo fue clave para frustrar el golpe delictivo. Fue un vecino que vio cuando Inostrosa escapaba por la ventana, por lo que avisó a la Policía.

Inostroza fue condenado a ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, la declaración de reincidencia y el pago de las costas del proceso en un juicio abreviado realizado el 9 de octubre de 2025. “robo simple en concurso ideal con violación de domicilio” fue la calificación que le endilgaron.

No solo confesó que había cometido ese hecho, sino también reconoció otros dos robos de casas y la tenencia de una bicicleta robada (encubrimiento) que le sumaron en el mismo fallo, en el que además se mencionó que en 2018 le habían impuesto una pena unificada de siete meses y quince días de prisión obligatoria por hechos no precisados.

Cumpleaños del padre

Mientras que el conductor del auto en el que escapó Inostroza quedó imputado por el delito de “hurto simple y violación de domicilio”. Lo acusaban de haber colaborado con el autor material del robo, al trasladarlo del lugar.

Pero él siempre aseguró que era inocente y que no había actuado de cómplice, y postuló una hipótesis totalmente distinta a lo que sostenía inicialmente la Fiscalía.

Las conclusiones de la investigación le dieron la razón, porque no hallaron pruebas para llevarlo a juicio y así se lo planteó la misma Fiscalía a la jueza María Agustina Bagniole en una audiencia realizada días atrás, en la que pidió el sobreseimiento del imputado, Franco Morales.

El requerimiento se fundamentó en que Morales desde el inicio de la causa sostuvo que esa tarde “había salido a comprar una torta por el cumpleaños de su padre y se encontró con Inostroza, quien le pidió que lo lleve”, y finalmente “terminó detenido”.

Torta cumpleaños

Además, la Fiscalía resaltó que Inostroza se había hecho responsable del robo, sin mencionar a Morales como su colaborador, mientras que también contaban con imágenes de cámaras de seguridad en las que no se observaban a otras personas acompañando al ladrón. Como era de esperar, la defensa del imputado adhirió a lo solicitado por la Fiscalía.

La jueza Bagniole aceptó lo planteado por las partes y dictó el sobreseimiento. Explicó que la Fiscalía define qué caso que lleva a juicio y que en éste dio “fundamentos suficientes” para considerar que no se podía avanzar hacia la instancia de debate.

Destacó que en este planteó que “no hay evidencias suficientes para considerar que Morales conocía la acción furtiva de Inostroza y quería colaborar en la misma”, a lo que sumó la a ausencia de otros elementos incriminantes.

En el fallo, la magistrada también declaró que el proceso “no afecta el buen nombre y honor que pudiera gozar el imputado”, como exige el Código Penal.