En un juicio abreviado condenaron a un sujeto con antecedente que robó una camiseta de la Selección. El juez que dictó la pena cuestionó severamente al organismo penitenciario.
La superpobación de presos en las comisarías rionegrinas por la falta de cupos en los Establecimiento de Ejecución Penal influido por la Ley de Reiterancia sigue generando preocupación en el ámbito policiales y suma críticas en la Justicia.
Un caso resuelto recientemente en Cipolletti volvió a poner en escena la controversia. Fue por un hombre que había sido atrapado tras robar una camiseta de la Selección Argentina de una tienda de local. El hecho ocurrió el 15 de enero último minutos antes de las 10:30 de la mañana.
El ladrón, identificado como Cristian Javier Palma Bascur, ingresó al local y tras consultar el precio de varias prendas y probarse algunas, se dejó colocada la casaca nacional bajo una remera que vestía, y se retiró.
Una empleada del comercio advirtió la maniobra por las cámaras de seguridad y alertó a la Policía. Con la descripción brindada lo atraparon a las pocas cuadras, con la camiseta aún colocada.
Palma Bascur fue imputado por el delito de “hurto simple” y quedó detenido en la Comisaría 24 del barrio Don Bosco.
Recientemente se hizo una audiencia en la que la fiscal Alejandra Altamira y el defensor Oficial Mario Novilo le anunciaron al juez de Garantías Guillermo Baquero Lazcano que había consensuado cerrar el caso con un juicio abreviado e imponerle al acusado dos meses de prisión efectiva y la declaración de reincidencia, dado que posee antecedentes. Puntualmente mencionaron que en diciembre de 2021 fue condenado a tres años y un mes de prisión de cumplimiento obligatorio, que agotó en octubre de 2024. Lo habían encontrado culpable por el asalto una vinería y una despensa, ambos hechos ocurridos el 5 de septiembre de ese año.
La investigación por el robo de la casaca nacional había reunido pruebas firmes para declarar culpable al imputado. Enumeraron la denuncia del damnificado, el testimonio de la empleada que advirtió el robo, el de los policías que participaron en el procedimiento de detención y las imágenes de las cámaras de seguridad.
El acusado aceptó la propuesta y la sanción esbozada, con lo que admitió que se hacía responsable del hurto. Su defensor también estuvo de acuerdo.
Si bien el juez Baquero Lazcano avaló el juicio abreviado, consideró que era excesiva la pena por tratarse de “un hecho menor, nadie fue golpeado, no se rompió nada”. A ello agregó que la camisera robada fue devuelta a su propietario, que “no se acreditó que fuera auténtica y si es trucha cuál es el precio”.
“Dos meses de prisión por este hecho es demasiado, es desproporcionado al injusto. Es cierto que el imputado registra antecedentes y debe ser declarado reincidente, pero estar encerrado en un calabozo de una comisaría (en este caso la 24 de esta ciudad) durante todo ese tiempo es demasiado”, expresó el magistrado en el fallo.
Pero además el juez avanzó sobre el funcionamiento del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), al que calificó como “deficiente” con cárceles “en las que no entra un preso más, y a causa de ello muchos de los condenados terminan cumpliendo la pena en celdas de tres por dos de las Comisarías, sin ningún tipo de tratamiento penitenciario, y lo que es peor, en condiciones que afectan seriamente sus derechos personales y constitucionales”.
Recordó Baquero Lazcano que estas falencias -que son de conocimiento público-, “ha sido materia de reclamos desde esta Magistratura y ha sido informado a nuestro presidente del Foro y a su vez al Delegado del STJ (Superior Tribunal de Justicia), ya que urge una solución a estas deficiencias, y necesariamente debe canalizarse y encontrar una respuesta en el Poder Ejecutivo Provincial”.
Agregó en el mismo sentido el que juez que Palma Bascur estaba por agotar la pena y recuperaría la libertad “sin haber tenido ningún tipo de tratamiento penitenciario”.
“El castigo por su acción es merecido, pero no en el monto y en las condiciones sufridas”, advirtió. De todos modos, el juez accedió a condenar al acusado a los dos meses de prisión efectiva como requirieron la Fiscalía y la Defensa, más la declaración de reincidentes. Pero como el sujeto estuvo preso desde el día del hecho -15 de enero último- cumpliría la pena y salía en libertad el 15 de marzo siguiente.