ver más

Denunció que prestó un autoelevador y fraguaron una compra-venta para apoderárselo

El dueño del vehículo denunció que prestó el rodado, pero no se lo devolvieron cuando lo reclamó. Presentó una demanda judicial, que recientemente fue resuelta.

La entrega en comodato de un costoso autoelevador desató un conflicto cuando el propietario reclamó su devolución, pero todo derivó en una demanda judicial en Catriel cuando sospechó que quienes lo recibieron habían fraguado una compra-venta para apropiárselo.

El damnificado presentó la denuncia penal el 5 de febrero de 2020 en la Comisaría 9 de Catriel, y se inició una causa en la que los dos acusados, identificados como Rafael Cocuzza Giménez y Miguel Ernesto Suzze, fueron imputados por el delito de “defraudación por retención indebida” en concurso real con “defraudación por otorgamiento de contrato simulado”

En la acusación presentada por la Fiscalía Descentralizada de la localidad petrolera rionegrina se establecieron dos hechos contra los imputados.

Lo prestó y no se lo devolvían

El primer delito investigado se remonta a “aproximadamente seis años” atrás, cuando el dueño del rodado marca Yale GMB 157 modelo 1998 con motor Perkins, fue entregado en comodato a Suzze para realizar trabajos de carga y descarga de ladrillos junto a Cocuzza, según consta en la presentación.

Agregó que desde 2020 comenzó a reclamarle su devolución a Suzze “sin obtener respuesta” y que incluso en una oportunidad en que se presentó en su domicilio, “el autoelevador se encontraba desarmado”.

Luego en febrero hizo la denuncia, pero el 19 de septiembre de 2023 el denunciante advirtió que el vehículo “se encontraba cargado en un camión de la empresa Transporte FAMI Nacional e Internacional, siendo su responsable Rafael Cocuzza Giménez, quien manifestó haberlo comprado”.

Comisaria 9 Catriel

Un conflicto judicial estalló en Catriel cuando un hombre reclamó un auto elevador que había prestado.

A fines de octubre de ese mismo año Suzze fue notificado para que devuelva el vehículo “en un plazo de 24 horas, lo que no ocurrió”.

El segundo hecho imputado ocurrió antes del 18 de octubre de 2023, cuando antes de 18 de octubre ambos hombres, “en connivencia y con la finalidad de tornar litigiosos los derechos de propiedad” del dueño del autoelevador, suscribieron un boleto de compraventa simulando dicha operación”.

La maniobra fue el 10 de diciembre de 2018 y sellaron el acuerdo en la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro el 18 de octubre de 2023, “con el objeto de otorgarle fecha cierta”.

Finalmente, el denunciante recuperó su máquina

La causa se encaminó al juicio y en una audiencia realizada en febrero último en la que la fiscal Ana Lía Díaz pidió el sobreseimiento de los acusados por la aplicación de un criterio de oportunidad, método alternativo de solución de conflictos, con el argumento de que el litigio había quedado resuelto porque Cocuzza Giménez había devuelto el rodado, mientras que Suzze hizo efectiva una reparación económica, cuyo monto no se precisó en el documento judicial conocido recientemente.

El requerimiento fiscal no fue objetado por los abogados defensores particulares, Ángelo Zamataro Amaranto, de Cocuzza; Giménez y Leonardo Posada, representante de Suzze.

ECP TRIBUNALES (2)

Un conflicto judicial estalló en Catriel cuando un hombre reclamó un auto elevador que había prestado.

La jueza Amorina Sánchez Merlo hizo lugar al pedido al alegar que la Fiscalía había decidido extinguir la acción penal contra los imputados.

Explicó que la petición resultaba “fundada, razonable y conforme a la ley” y que apuntaba a “poner fin al proceso en el marco del cambio de paradigma de la persecución penal”, por lo que correspondía el sobreseimiento de ambos hombres.

En el fallo la magistrada declaró que el proceso “no afecta el buen nombre y honor que pudieran gozar los imputados”, tal como se lo exige el Código Penal.