El fuero de Familia de Cipolletti fijó una prestación única a favor de una mujer tras evaluar el reparto de roles y tareas de cuidado en la pareja.
El fuero de Familia de Cipolletti ordenó fijar una compensación económica a favor de una mujer que, durante más de 20 años de convivencia, dedicó la mayor parte de su tiempo al cuidado de los hijos y al funcionamiento del hogar. La decisión de la Justicia analizó el impacto que esta distribución de responsabilidades tuvo en el desarrollo laboral y profesional de ambas partes.
La demandante sostuvo que el esquema familiar acordado limitó sus posibilidades de estudiar, profesionalizarse y acceder a un empleo estable. Explicó que mientras acompañó el crecimiento laboral de su ex pareja —quien logró consolidar un empleo formal y mejorar sus ingresos—, ella se ocupaba de la crianza y las actividades escolares.
Por su parte, el hombre rechazó la pretensión al argumentar que la mujer realizaba actividades por cuenta propia y había completado una capacitación. Además, señaló que ella residía en la vivienda familiar, un inmueble del cual ambos son cotitulares.
El expediente reunió informes laborales, bancarios, registrales y sociales para evaluar la situación de los involucrados. Dichas constancias confirmaron que la mujer realizaba trabajos de temporada vinculados a la producción regional y tareas de peluquería de manera independiente.
El juzgado determinó que las ocupaciones de la mujer no garantizaban ingresos estables durante todo el año, dado que la actividad de temporada depende del ciclo productivo y la peluquería varía según la demanda. En contraste, el hombre conservaba un empleo formal e ingresos regulares obtenidos durante la convivencia.
Las declaraciones testimoniales ratificaron que ella asumió de forma principal la crianza cuando él permanecía fuera del hogar por razones de trabajo. Al respecto, la sentencia recordó que las tareas domésticas y de cuidado poseen un claro valor económico, aun cuando no generen un salario directo.
Al analizar el caso con perspectiva de género, la magistrada explicó que la compensación económica no busca igualar patrimonios, sino examinar si la organización familiar produjo un desequilibrio manifiesto que se profundizó con la ruptura.
Aunque se contempló que la mujer reside en la vivienda familiar, tiene participación sobre el inmueble y posee un oficio, el tribunal admitió el reclamo al comprobar el desproporcionado impacto laboral.
El fallo fijó una prestación única, cuyo monto no se difundió por razones de seguridad de la beneficiaria. La resolución del Juzgado de Familia de Cipolletti corresponde a una sentencia de primera instancia que aún no se encuentra firme y puede ser apelada.