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Acusaron a un preso por un cigarrillo armado: la incógnita fue su contenido

Es un hombre detenido en el Penal 5 de Cipolletti, a quien imputaron por tener un porro que afectó su calificación discplinaria.

Un preso del Establecimiento de Ejecución Penal Nº 5 de Cipolletti fue acusado de tener un cigarrillo armado presuntamente de marihuana. El hallazgo produjo que le impusieran una sanción que le afectó la calificación por disciplina.

La defensora Adjunta Cecilia Ibáñez asistió al interno y apeló la medida al Juzgado de Ejecución 8, a cargo del juez Lucas Lizzi.

La presentación sostuvo que la imputación que le impusieron al sujeto fue por “haber estado ocultando algo y que habría arrojado un cigarrillo armado de manera artesanal de 3 cm aproximadamente” y que “quieren dar a entender que sería de marihuana”.

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El conflicto surgió a partir de la modificación del sistema de requisas, que se implementó en el mes de agosto.

Sin embargo, advirtió que no se presentaron pruebas para sostenerlo. Resaltó que no se realizó el narco test y que la Fiscalía determinó que se trataba de droga por el “fuerte olor” que emanaba, pero aclaró que “no están capacitados para hacer prueba odorífica”, habitualmente efectuada por perros especialmente entrenados para la detección de estupefacientes.

En tanto que también notó que no hay constancias del ingreso de “algo prohibido” a la cárcel, ubicada en la zona del paraje El 30.

Controversia entre Defensa y Fiscalía

Con esos argumentos pidió que dejaran sin efecto el castigo que le impusieron al sujeto identificado con las siglas CJR -no se precisa su identidad ni el motivo que lo llevaron tras las rejas- y reclamó que le “devuelvan los puntos (de disciplina) que se quitaron”.

Por su parte la fiscal Judith Saccomandi pidió confirmar la pena y la baja del guarismo, al alegar que el procedimiento administrativo cumplió con los requisitos exigidos y que el hecho estaba acreditado.

Puntualmente dijo que el agente penitenciario que participó en el operativo ratificó que “el cigarrillo de fabricación artesanal presentaba olor fuerte” y que el hallazgo había sido comunicado al Juzgado Federal.

Olor: tabaco o marihuana

Al analizar los argumentos expuestos por las partes, el juez Lizzi le dio la razón a la Defensa, al considerar que “dentro de la conducta tipificada no surge de la testimonial y del parte qué contenía ese cigarrillo”.

Sostuvo en este aspecto que el tabaco “puede largar fuerte olor”, pero que se trata de un fundamento “subjetivo”.

“Al no acreditarse que sea una sustancia psicoactiva o prohibida no corresponde el encuadre. No hay estudio de THC (para detectar la presencia de drogas) ni de un can. Hay falta de prueba", subrayó, y manifestó que el hecho de haber dado intervención a la Justicia Federal no implica estupefaciente y no hay constancia de formulación de cargo siquiera”, expresó el magistrado.

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En la resolución, también se explayó respecto a la calificación y aclaró que, si bien la baja registrada no había sido apelada, “al caer la sanción por nula corresponde declarar la nulidad de la resolución de baja y reanudar la calificación”.

Como conclusión además de aceptar el recurso presentado por la defensa y declarar la nulidad de la sanción impuesta al detenido por el Consejo Correccional del Establecimiento Penal 5, ordenó fijar para el primer período del año una “conducta ejemplar” con 9 puntos y concepto “muy bueno”, con un 7.