Samuel no puede ver, pero sí enseñar. El físico a veces impone obstáculos, pero ninguno es insalvable si hay voluntad y se cuenta con el apoyo necesario para perseguir un sueño. Y con la misma tenacidad que usó para recibirse, el maestro logró en la Justicia que se lo restituya al frente de dos cursos de una primaria de Cinco Saltos. “Saludamos la entereza y el reclamo digno llevado adelante por el compañero, que viene exigiendo desde hace años ser escuchado y que le garanticen el derecho a trabajar en condiciones de igualdad”, festejaron los dirigentes locales de la Unter tras el acuerdo en la Cámara Laboral de la Justicia cipoleña.
Samuel López estaba al frente de dos grados, pero en marzo Educación le había negado la asistencia pedagógica que requería. Él enseñaba y su acompañante corregía trabajos, entre otras tareas. “Es una figura que de ninguna manera pretende sustituir el trabajo del compañero, sino que es el apoyo necesario para que realice las tareas en el aula que Samuel no puede realizar por su condición de no vidente”, manifestaron desde la Unter.
El Ministerio de Educación, en cambio, pretendía que López dejase el aula para desarrollar talleres o, como se planteó el viernes, que realizara una capacitación virtual durante 2015 y 2016 para lograr una mayor autonomía.
Sin embargo, el maestro se opuso y defendió su derecho a trabajar, el que consideraba vulnerado por la decisión. “Desde 2011 exijo la creación del cargo para poder trabajar libre y dignamente. Me siento discriminado”, expresó Samuel durante la audiencia.
El acuerdo
El ministerio, que no fue representado por su titular Mónica Silva, sino por el secretario de Educación, Juan Carlos Uriarte, y Claudia Di Tullio (directora de Inclusión Educativa), finalmente cedió. El acuerdo firmado en Tribunales brinda estabilidad a López, pero además obliga a crear la legislación necesaria para evitar nuevos conflictos.
El primer punto del convenio contempla que Educación deberá asignar un asistente para el cargo que actualmente ostenta López, pero también para cualquiera que eventualmente pueda obtenerlo.
En tanto, se definió la conformación de una comisión para determinar los contenidos académicos, herramientas y mecanismos particulares para la formación y capacitación permanente de un docente no vidente de nivel primario en el ejercicio de su rol.