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Reclamaron una perpetua, pero sólo le dieron 18 años

El crimen de Pablo Gonzálvez fue considerado "homicidio simple".

De manera sorpresiva, los integrantes de la Cámara en lo Criminal Primera de Cipolletti consideraron que el asesinato de Pablo Gonzálvez fue un “homicidio simple” y por ese motivo impusieron al acusado Jorge Argüello una pena de prisión de sólo 18 años. Tanto la fiscalía como la querella habían reclamado una condena a perpetuidad.

Ayer quedó cerrado el proceso por el crimen ocurrido a escasos metros de la Casa de la Música de Cipolletti, donde Gonzálvez fue rociado con nafta, quemado y arrojado a un pozo. Por las características del brutal hecho, se especulaba que los jueces avanzarían con una dura sentencia. Sin embargo, coincidieron en que no estaba probada la “alevosía” y que los tres procesados eran culpables pero por una figura criminal menos grave como el homicidio simple.

En el caso de los menores de edad, de 16 y 17 años, fueron declarados penalmente responsables y apenas cumplan los 18 años deberán participar de una audiencia de imposición de pena.

La sentencia fue rubricada por los camaristas Julio Sueldo, Alejandra Berenguer y Álvaro Meynet, mientras que la parte acusadora estuvo representada por el fiscal Gustavo Herrera y el abogado particular Marcelo Hertzriquen Velasco, quien patrocinó a la madre de la víctima.

En tanto, los tres acusados contaron con la defensa oficial de Juan Pablo Piombo, Sebastián Nolivo, Lilian Rodríguez y la abogada particular Carla Contini.

Argüello era el acusado mayor de edad y ayer estuvo presente durante la lectura de la sentencia.

A la hora de repasar la parte resolutoria del fallo, el juez Sueldo remarcó que “la prueba respecto de la participación de los tres imputados resulta directa, clara, abundante y categórica. Consecuentemente juzgo por acreditado, con el grado de certeza requerido”.

Gonzálvez fue atacado el 11 de abril de 2015 y, según la investigación, los asesinos lo golpearon, lo cortaron con restos de botellas y lo prendieron fuego.

En definitiva, no se encuentra debidamente probada la situación de indefensión”. Julio Sueldo. Juez de la Cámara Primera de Cipolletti

Ni alevosía ni ensañamiento

Ni la alevosía ni el ensañamiento reclamados por los acusadores fueron considerados por la Cámara Primera de Cipolletti. A la hora de citar el agravante “ensañamiento”, en la sentencia se puntualizó que “los acusadores no han probado de manera certera e irrefutable que se diera tal agravamiento en el actuar homicida de los imputados. Y la duda razonable en torno a ello determina que deba desecharse su aplicación”. La sentencia no está firme y tanto la fiscalía como la querella podrán hacer presentaciones.