Ambas personas viven en casas aledañas y están en conflicto por inmuebles familiares objeto de sucesión. La Justicia dictó medidas para preventivas.
Una mujer realizó una gravísima denuncia en la Policía de la localidad rionegrina de General Conesa. Acusó a un vecino, que además es su primo. En la presentación formalizada el último martes 21 de abril, dijo que el hombre identificado como Bruno Medina tiró basura en su propiedad -aledaña a la de él-, pero que además le lanzó una batería de escalofriantes amenazas: “...Vas a morir asesinada vos y tu hijo...”.
Pero no fue todo, porque más tarde, según aseguró, el sujeto le advirtió: “...Voy a subir al techo y te voy a envenenar el tanque de agua hija de puta...”.
La acusación generó un expediente que fue girado al Juzgado de Paz que se encuadró en los parámetros que regula la Ley 3040, que establece en Río Negro la “Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares”.
En la dependencia judicial, donde resaltaron que existían denuncias previas entre las partes, determinaron que lo aseverado por la mujer tenía carácter grave, por lo que decidió enviar la denuncia a la Fiscalía de turno para que se investigue un posible delito de instancia penal.
Según se señala, el fuerte conflicto se desató por propiedades inmuebles pertenecientes a la familia, objeto de sucesión.
Por empezar no solo le prohibieron al hombre ingresar a la casa de su prima, sino que además ni siquiera podrá pasar por el frente de su propiedad, ni por el patio ni ningún inmueble que posea la denunciante.
A ello le agregó que tampoco deberá realizar actos molestos o perturbadores hacia ella ni a su grupo familiar conviviente por cualquier medio, como llamadas telefónicas y mensajes por correo electrónico.
Particularmente le advirtieron que deberá abstenerse de referirse a su prima en redes sociales “de manera directa o indirecta”.
La resolución del Juzgado de Paz conesino también incluyó el requerimiento a la Comisaría 20 para que sus efectivos realicen de rondas de vigilancia periódicas por el lapso de diez días desde el dictado de la resolución.
Le anticiparon a Medina que en caso de incumplimiento a lo dispuesto le aplicarán las sanciones previstas en la Ley 3040, consistentes en una multa, arresto o trabajos comunitarios. Asimismo, le comunicarían el desacato al Ministerio Público Fiscal por desobedecer la orden judicial.
También le informaron a la denunciante que previo al vencimiento de las medidas podrá solicitar la prórroga al Juzgado de Familia de Viedma que resulte competente.
En cuanto a disputa por los inmuebles, les indicaron que deberán resolverlas en el fuero Civil y que deberán designar abogados particulares, lo mismo que cuando los convoquen del Juzgado de Familia. En caso de carecer de recursos podrán requerir asistencia legal gratuita en la Defensoría Oficial.