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Tras el conflicto el violento obtuvo una suspensión de juicio a prueba. Cumplió con todas las medidas impuestas por la justicia y ahora fue sobreseído.
La fiscalía de Cipolletti acorraló a un hombre que agredió a su pareja para impedir su presencia en la popular plataforma Instagram. Como no quería ver su perfil en las redes, la tomó del brazo y del cuello y le causó hematomas. Después siguió con el ataque y la amenazó: “te voy a matar”, le advirtió. Le formularon cargos y cuando se pacificó el conflicto le otorgaron una suspensión de juicio a prueba.
Finalmente, el 30 de mayo de 2024, un juez de Cipolletti resolvió sobreseer a L.A.I., acusado de lesiones leves agravadas y amenazas en contexto de violencia de género, tras cumplirse el plazo de suspensión del juicio a prueba. La decisión se basó en el cumplimiento de las pautas impuestas y la reparación a la víctima.
El incidente ocurrió el 8 de julio de 2021, cuando L.A.I. agredió a su pareja durante una discusión en su domicilio. La víctima, D.M.N., sufrió hematomas en el cuerpo y en la zona del cuello y recibió amenazas de muerte. El hombre no quería que tuviera Instagram, una de las plataformas más populares y ampliamente utilizadas en el mundo. La red social ofrece una variedad de filtros y herramientas de edición para mejorar las fotos, videos y así lograr visibilidad.
La joven realizó la denuncia donde expuso que se encontraba con el sujeto en su domicilio cuando comenzaron a discutir y el hombre la agredió. "Este hecho ocurrió en un contexto de violencia de género, por cuanto existe una relación de subordinación de la mujer hacia el imputado, quien la sometía a violencia física y psicológica, basada en una relación desigual de poder", se expuso.
La fiscalía formuló cargos por lesiones leves agravadas y amenazas, en concurso real, en un contexto de violencia de género.
El 22 de diciembre de 2022, el tribunal dispuso la suspensión del proceso a prueba por un año. Durante este tiempo, L.A.I. cumplió con todas las pautas de conducta, realizó la reparación a la víctima y no cometió nuevos delitos. La defensa, representada por Juan Pablo Piombo, solicitó el sobreseimiento al agotarse el tiempo de suspensión y confirmarse el cumplimiento de las condiciones impuestas.
En tanto, la fiscal Analía Díaz respaldó por su parte el pedido de sobreseimiento, basándose en un informe del Registro Nacional de Reincidencia que acreditaba la ausencia de nuevos delitos y en un informe de la Oficina de Atención a la Víctima que confirmaba la convivencia pacífica entre L.A.I. y la víctima hasta noviembre de 2023.
El juez Guillermo Javier Baquero Lazcano entonces resolvió declarar extinguida la acción penal por el cumplimiento del plazo de suspensión y las pautas impuestas, ordenando el sobreseimiento del sujeto denunciado.
La decisión de sobreseimiento y extinción de la acción penal se basa en el artículo 76 del Código Penal y el artículo 155 del Código Procesal Penal. La fiscalía dictaminó favorablemente, y el tribunal consideró justificada la medida dispuesta tras verificar el cumplimiento de todas las condiciones previas establecidas durante el período de prueba.