El STJ le confirmó los 8 años de prisión y la fiscalía pidió agravar las medidas cautelares, dado que no había sido detenido. El caso mezcla esoterismo, sometimiento y abuso sexual.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro confirmó la condena de 8 años de prisión a Néstor Yiyo Bergallo, el empresario e ingeniero agrónomo integrante de una conocida familia de Cipolletti que fue hallado culpable por la violación de la hija de un amigo mediante rituales de esoterismo.
El fallo conocido el último lunes ratificó el dictado por el Tribunal de Impugnación en noviembre del año pasado, que a su vez refrendó la sentencia por unanimidad impuesta enjunio último por el tribunal de juicio compuesto por Alejandra Berenguer, Julio Sueldo y Guillermo Merlo.
Bergallo había quedado en libertad monitoreada con el cumplimiento de pautas de comportamiento. Pero ni bien se conoció lo resuelto por el máximo tribunal provincial, la fiscal Rocío Guiñazu Alaniz pidió agravar las medidas cautelares por el riesgo de fuga, dado que tiene recursos económicos, vehículos y propiedades.
Ese requerimiento, que había sido acordado con el abogado Damián Torres que asumió recientemente la defensa, fue tratado este jueves en una audiencia realizada en los tribunales cipoleños, a la que Bergallo asistió acompañado por una familiar, dado que mostró un estado de salud deteriorado con un bastón y dificultades para caminar y una persistente tos. Llevaba el rostro protegido por un barbijo y una gorra le cubría la cabeza.
La víctima también estuvo en la sala sentada junto a la fiscal Guiñazú Alaniz, quien en primer lugar destacó que el hombre, que tiene algo más de 80 años de edad, cumplió con las reglas impuestas, como la prohibición de acercamiento y contacto a la víctima, el uso de una tobillera GPS, mantener domicilio, el impedimento de salir de Cipolletti y firmar cada 15 días en la Fiscalía, entre otras.
Sin embargo aclaró que esas disposiciones acatadas eran insuficientes tras el fallo del STJ, por lo que solicitó que quede en prisión domiciliaria estricta, y solo salir de su casa por cuestiones médicas previo aviso y el monitoreo de un dispositivo electrónico, además de las reglas cautelares de rigor.
La funcionaria aclaró que le correspondía ir tras las rejas, pero tuvo en cuenta que la edad le permite cumplir la pena en su vivienda, además que su cuadro de salud es delicado.
Torres no objetó el requerimiento fiscal, pues reconoció que lo habían charlado previamente. La chica tampoco puso reparos.
El tribunal aceptó el planteo de las partes y avaló la prisión domiciliaria hasta tanto la sentencia quede firme. Solo podrá salir a la calle en caso de emergencias médicas, e informarlo posteriormente. En tanto que, si tiene un turno para visitar a un profesional, también deberá comunicarlo previamente.
A la defensa ahora le queda apelar a la Corte Suprema de Justicia. Torres destacó que ya presentaron un recurso extraordinario federal.
En el juicio de primera instancia quedó de relieve que Bergallo conocía a la chica desde que era una niña dado que era amigo del padre, y que desde entonces ejerció influencia sobre ella a través de creencias espirituales y prácticas esotéricas.
De acuerdo con la acusación fiscal, el imputado -que aseguraba pertenecer a la logia masónica- utilizó esas creencias para sostener conductas abusivas durante un período prolongado. Se lo responsabilizó por un hecho ocurrido en la zona de El 30, donde la llevó oculta en su camioneta, en cuyo interior habría tenido acceso carnal sin que la víctima pudiera ejercer su consentimiento de forma libre, debido al estado de sometimiento emocional generado a lo largo de los años.
Los hechos ocurrieron entre 2011y 2012. Bergallo tenía 67 años y la chica 23. Ambos tenían sus parejas.