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Se aprovechó de la inmadurez sexual de una adolescente y lo condenaron por abuso

Un joven de 22 años mantuvo relaciones con una menor de 14. Aunque fueron consentidas, lo acusaron de haberla seducido utilizando su mayor experiencia. Aceptó la culpa en un juicio abreviado, pero no va preso.

Un joven de 22 años de edad que mantuvo relaciones íntimas consentidas con una adolescente de 14 fue condenado a tres años de prisión en suspenso, que no lo lleva tras las rejas, por el delito de “abuso sexual con acceso carnal mediante el aprovechamiento de la inmadurez sexual” de la menor.

La pena la acordó en un juicio abreviado, en el que admitió su culpabilidad, e incluye el cumplimiento de pautas de comportamiento por dos años. Entre ellas la prohibición de acercamiento a la chica.

El encuentro que le reprocharon ocurrió la tarde del 12 de diciembre de 2021en la vivienda del muchacho ubicada en la localidad rionegrina de Mainqué.

Según la acusación de la fiscalía, invitó a la joven a su casa y una vez allí fueron a una habitación de la planta alta, donde conversaron un rato tirados en la cama. En un momento la comenzó a besar en la boca y el cuello, para luego sacarle el pantalón y accederla carnalmente con su miembro vía vaginal.

A juicio

Hubo una denuncia, allanaron el domicilio donde ocurrieron los hechos y el proceso avanzó a la audiencia de formulación de cargos y al control de acusación que antecedió al juicio, realizado días atrás en los tribunales de General Roca.

El fiscal Gastón Britos Rubiolo expuso en su alegato de apertura la calificación legal y las pruebas reunidas en la investigación, y mencionó en varias ocasiones la “inexperiencia sexual de la víctima y al aprovechamiento de esta circunstancia por parte del imputado”, por lo que sostuvo que pediría que se lo declarase culpable.

Por su parte el defensor particular, Carlos Vila Llanos no negó el hecho, pero aclaró que no existió un aprovechamiento de la inexperiencia sexual de la adolescente, porque su asistido “desconocía que no había tenido relaciones sexuales”.

La versión del acusado

El joven acusado declaró en el debate y dio su versión de los hechos. Dijo que habían acordado reunirse en su casa, donde no estaban sus padres, solo su hermano. Agregó que subieron a la habitación donde charlaron, se besaron y que luego “se quitó los pantalones ella y tuvimos relaciones sexuales”. Aclaró también que desconocía la edad que tenía la chica.

Después bajaron y la menor se fue después de despedirse de su hermano. Pero destacó que esa misma noche el padre le envió “mensajes amenazantes”, que le provocaron temor.

El debate continuó con la presentación de pruebas y declaración de testigos, y luego pasaron a un cuarto intermedio pedido por el abogado defensor. Al retomar la audiencia manifestó que había aconsejado al joven que “para evitar cualquier riesgo, lo mejor era ofrecer un juicio abreviado”, y que ya lo habían consensuado con el fiscal Britos Rubiolo, quien ratificó el entendimiento.

Acuerdo entre las partes

El acuerdo establecía condenar al muchacho a tres años de prisión en suspenso (la mínima prevista para el delito y pautas de conducta por el lapso de dos años, como también incorporarlo al Reprocoins -Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual-.

El Fiscal destacó que la resolución era posible porque no registraba antecedentes penales. A eso le sumó como atenuante su edad -22 años al momento del hecho- y que había prestado colaboración en el proceso. Específicamente, ponderó que había ofrecido en forma voluntaria su teléfono celular para que fuera peritado.

Otro motivo que se sumó fue que “no existió un impacto psicológico en la víctima más allá del que es natural en este tipo de delitos”. En conclusión, sostuvo que “la pena mínima es correcta conforme a estas circunstancias”.

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En tanto que también consideró que el Fiscal llamó en varias oportunidades a los padres de la víctima, pero que no fue atendido.

El tribunal integrado por Emilio Stadler, Fernando Sánchez Freytes y Alejandro Pellizzon resolvieron aceptar, luego de una breve deliberación, el acuerdo propuesto por las partes. En el voto rector, Stadler expresó que el hecho había sido corroborado con respaldo probatorio, además de la confesión del acusado. También avalaron la pena requerida y la modalidad de cumplimiento, es decir sin ir tras las rejas.

Pautas de conducta

La sentencia incluye pautas de comportamiento que el joven deberá cumplir durante dos años. Tiene prohibido acercarse a la adolescente en un radio de 100 metros de su domicilio, debiendo abstenerse también de realizar cualquier tipo de conductas que resulten molestas o perturbadoras, en forma directa, a través de otra persona o por cualquier tipo de medio tecnológico o publicaciones que tiendan a ese fin.

El resto de las reglas son de rigor: mantener domicilio, del que no podrá ausentarse más de quince días sin autorización judicial; abstenerse de usar drogas y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; “mantener su modo de vida dentro de los parámetros normales sin involucrarse en episodios delictivos” y presentarse cada tres meses al Patronato de Presos y Liberados.