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La noche de Navidad agarró a piñas a Papá Noel en la calle para robarle los regalos: "Dame algo"

El ladrón agredió a un menor que promocionaba un comercio en Catriel. Vecinos lo auxiliaron. Aceptó su culpa en un juicio abreviado.

La noche del 24 de diciembre del año pasado, vísperas de Navidad, Papá Noel caminaba por Catriel con su bolsa de regalos y un delincuente lo golpeó para robarle. Vecinos que escucharon las exclamaciones de la víctima, menor de edad, y corrieron a ayudarle, por lo que el agresor escapó, aunque no fue muy lejos.

La investigación iniciada por el hecho determinó que el ladrón, identificado como Ezequiel Tiziano Santander andaba con otro sujeto en moto e interceptó al muchacho, que trabajaba en la promoción de un comercio, y le ordenó “Papá Noel, dame algo”.

Pero como no tenía un obsequio para entregarle en ese momento, Santander le exigió que le entregara algo. Entonces se bajó da la moto y le pidió que al cómplice que se la sostenga y encaró al damnificado, pero ya no solo por los regalos, sino por todas sus pertenencias: una riñonera, dos celulares y una botella. “Dame todo”, “dame el celular”, “dame la plata” le exigió, y le descargó una andanada de piñas en la cara. Ante el ataque, el chico gritó, y afortunadamente lo oyeron vecinos que salieron a defenderlo.

Santander optó por escapar, pero la policía ya había sido alertada, por lo que a las pocas cuadras fue atrapado y lo imputaron por “robo simple en grado de tentativa”.

Papá Noel sufrió una inflamación en pómulo derecho, con irritación en el ojo, lesiones consideradas de carácter leves por tener menos de un mes de curación.

Pero no fue la única causa judicial que cargó Santander, porque también lo acusaron de haber increpado a otro menor en una fecha no precisada. “Si no vendes cigarrillos te voy a matar a vos y a tu abuela”, le advirtió. Por este caso le formularon cargos por “coacción”.

Causas acumuladas

Ambas causas se acumularon y avanzaron hasta la instancia de juicio abreviado consensuado entre la fiscal Analía Díaz y la defensora Adjunta Alfonsina Stular.

La propuesta establecía imponerle una pena de dos años de prisión en suspenso, que no lo lleva a prisión, más el cumplimiento de pautas de comportamiento por el mismo lapso de tiempo. Fundamentaron el requerimiento en la ausencia de antecedentes penales del sujeto.

El acuerdo requería la aceptación por parte de Santander, quien así lo manifestó, con lo que quedó asentado que admitía haber cometido el hecho delictivo.

El juez Guillermo Baquero Lazcano avaló el requerimiento de las partes y dictó la condena en los términos señalados. Valoró que además de la confesión del propio imputado, la Fiscalía había reunido pruebas contundentes para considerarlo culpable. Mencionó la declaración de los menores víctima en cámara Gesell.

Las pautas que deberá cumplir el agresor

En cuanto a las medidas de conducta que Santander deberá cumplir durante dos años, se determinó la prohibición de acercamiento por cualquier medio a las víctimas, a una distancia no menor a los 200 metros. Además, tendrá que presentarse en el Cuerpo de Investigación Forense para realizar un examen psicológico y someterse a un tratamiento en caso que se lo indiquen.

El resto de las reglas son de rigor: fijar domicilio, presentarse una vez cada tres meses ante el Patronato de Presos y Liberados, no cometer nuevos delitos ni no abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse del consumo de estupefacientes.