El imputado enviaba mensajes explícitos a la menor. La causa se inició tras la denuncia de la madre y un allanamiento en Cipolletti.
El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre acusado del delito de grooming, tras detectar que contactó y envió mensajes de índole sexual a una adolescente a través de la aplicación WhatsApp.
En la audiencia concretada en el Foro Penal de General Roca, la fiscal adjunta Daniela Espinoza Sagredo detalló que los hechos ocurrieron entre julio y agosto de 2025.
Según la acusación, el hombre contactó a la víctima y le envió textos y audios de contenido sexual a sabiendas de que se trataba de una menor de edad. La calificación penal propuesta fue acoso sexual infantil en carácter de autor.
La investigación judicial se puso en marcha cuando la madre de la joven escuchó a su hija hablar por teléfono con una persona desconocida. Durante esa conversación, la adolescente le brindaba información detallada sobre sus rutinas y horarios diarios.
Ante el riesgo evidente de la situación, la mujer acudió a la Justicia y realizó la denuncia penal correspondiente que dio inicio a las actuaciones.
Como evidencia principal, la fiscalía presentó un informe técnico elaborado por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones. El peritaje realizado sobre los teléfonos del imputado y de la víctima permitió extraer más de mil páginas de registros, conversaciones y archivos de audio que sustentan la imputación.
El legajo suma también el acta del allanamiento realizado en la vivienda del acusado, ubicada en Cipolletti, y un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. Este último documento fundamentó las razones técnicas por las cuales no fue posible realizar la entrevista en Cámara Gesell a la joven. Asimismo, se anexó el Certificado Único de Discapacidad de la menor para acreditar su condición.
Durante la audiencia, el abogado defensor Pablo Barrionuevo no presentó objeciones formales a la formulación de cargos, aunque anticipó que discutirá la interpretación que la fiscalía hace de los mensajes. Por su parte, el acusado hizo uso de su derecho constitucional y optó por no declarar.
Tras escuchar la exposición de las partes, el juez de Garantías Gustavo Quelín dio por iniciada la etapa de investigación penal preparatoria, fijando un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la causa.
El grooming es una forma de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes en el entorno digital. Ocurre cuando una persona adulta establece contacto con fines sexuales a través de medios tecnológicos, valiéndose de engaños, manipulación y sometimiento emocional.
En la Argentina, este delito se encuentra tipificado en el artículo 131 del Código Penal y contempla una pena que va de los seis meses a los cuatro años de prisión.