Cipolletti.- Con dos planteos de nulidad de todo lo actuado por parte de la defensa y las indagatorias a los cuatro imputados, inicio esta mañana el juicio por el homicidio del sargento Nemesio Huinchaqueo ocurrido en el sector rural de La Llanada de Cipolletti el 14 de octubre de 2011.
Los abogados Carlos Vaccaro, por Juan Rena, y Claudio Romero, por Darío Fernández; solicitaron al tribunal que se declare nula la acusación contra sus asistidos y se los sobresea en virtud que la acusación fiscal de elevación a juicio que oportunamente debió reformularse tras ser revisado por un tribunal de alzada que ordenó revisar la requisitoria por advertir deficiencias. Los defensores argumentaron que no se respetaron principios rectores de la constitución nacional.
Por su parte el defensor oficial Mario Nolivo solicito que el tribunal se declare incompetente para a su asistido Martín Melgarejo ya que estaba preso en General Roca. El tribunal no le hizo lugar y respecto del planteo de los otros dos defensores particulares, difirió su tratamiento hasta la sentencia cuando será analizado en el primer punto del resolutorio.
Luego el tribunal presidido por el Dr. Julio Sueldo y completado por los Dres. Marcelo Gutiérrez y Sonia Martín convocaron a los imputados a prestar declaración indatoria. Julio Fernández y Martín Melgarejo se abstuvieron de declarar. Juan Emiliano Rena aseguró que esa noche se encontraba cenando con un conocido y que desconoce la chacra en cuestión; y Darío Fernández adujo desconocer de lo que se lo acusa.
El juicio continuará mañana desde las 9 horas con el testimonio de cinco personas citadas a declarar. El querellante es Marcos Huinchaqueo, hijo de Nemesio Huinchaqueo quien resulto víctima fatal de este hecho delictivo.
Completan las partes: el agente fiscal Oscar Cid, el representante de la querella Guillermo Moyano y los defensores particulares: Claudio Romero en representación de Darío Fernández, Carlos Vaccaro por Rena, Gerardo y Eves Tejeda por Julio Fernádez; y el defensor oficial Sebastián Nolivo por Martín Melgarejo.
Juan Rena llega a esta instancia procesal acusado como autor materialmente responsable del delito de homicidio criminis causa previsto y reprimido por el art. 80 Inc. 7mo y 45 del Código Penal; Julio Fernández como partícipe necesario del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego (art. 45 y 166 inc. 2 del Código Penal); por último Darío Fernández y Martín Melgarejo están imputados por el delito de homicidio en ocasión de robo (art. 45 y 165 del Código Penal).
Huinchaqueo había viajo hasta el alto valle para cerrar una transacción comercial que había iniciado meses antes. El sargento de policía de Bariloche iba a adquirir un tractor que supuestamente le vendían los acusados por un valor de quince mil pesos para lo que se presume se habían puesto previamente de acuerdo.
La víctima recibió dos disparos de arma de fuego, el primero con orificio de entrada a la altura del tórax que lesionó diversos órganos vitales y el segundo impacto ingresó por debajo de la escápula derecha. Ambas lesiones derivaron en un shock hipovolémico que acabó con la vida de Nemesio Huinchaqueo poco después que ingreso al sanatorio.