El Juzgado de Paz de Cipolletti condenó a un comercio de telefonía celular de la ciudad a abonarle el importe del valor de su móvil a una usuaria que dejó el suyo para que lo arreglaran y solo consiguió que dejara de funcionar definitivamente.
Ahora, la empresa deberá desembolsar en concepto de daño la suma de 1.278 pesos que equivaldría al costo del celular Samsung modelo f480.
La damnificada, que inicialmente había dado cuenta de la irregularidad a la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor, refirió que el 22 de marzo del 2010 llevó su celular al comercio Kompucel para repararlo dado que se “reiniciaba”.
La denunciante explicó que el teléfono habría estado en el local por dos meses y ella habría acudido en numerosas oportunidades para saber cuándo quedaría listo, a lo que la empleada le habría indicado que estaría reparado el día siguiente.
A las vueltas
“El 14 de abril del 2010 acudió nuevamente porque se da cuenta de que en la orden de reparación original figuraba como falla que el celular no le funcionaba, siendo que el mismo prendía correctamente pero se reiniciaba. Que allí se le realiza una segunda orden de trabajo en la que figura en las observaciones sistema operativo y capacitador de la placa”, fundamentó Pablo Zille, juez de Paz.
En la resolución, se precisó que “continúa manifestando la actora que el 15 de mayo se le entregó el celular –sin comprobante de entrega, sin que se le cobrara y sin carga– y se le dijo que no se pudo reparar el problema. Que al llegar a su domicilio cargó la batería y descubrió que el teléfono no andaba y que la batería no era la misma que tenía originariamente. Ante ello concurrió nuevamente al local y lo dejó allí pidiendo que se le cambie la batería. Que a las dos semanas la llamaron para que vaya a retirar el equipo y cuando concurrió vio que era la misma batería por lo que lo dejó nuevamente y le entregaron una orden de trabajo en el que figura otro número de serie”.
El Juez de Paz tuvo por acreditado la existencia del daño sufrido por la actora “toda vez que la misma acreditara en autos haber entregado a la demandada un teléfono celular que funcionaba, aunque con desperfectos que hacían que se reiniciara, y que la demandada no sólo no pudo solucionar, sino que por el contrario provocó que el mismo dejara de funcionar sin siquiera prender”.