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El juez viedmense Favio Igoldi resolvió ayer por la tarde rechazar el pedido de detención y prisión preventiva de Juan Antonio Bernardi. La solicitud fue realizada por el fiscal Juan Pedro Puntel.

La audiencia fue oral y pública, tal como lo establece la Acordada 2/2016 del Superior Tribunal de Justicia de la provincia. Tanto la fiscalía como la defensa expusieron sus argumentos de manera verbal y el juez Igoldi, tras un breve cuarto intermedio, notificó a las partes de manera inmediata de su decisión.

De la audiencia participaron, además de Igoldi, el agente fiscal Puntel, y los defensores particulares Luciano Perdriel y Manuel Maza.

El punto central de los argumentos de la fiscalía y la defensa y sobre el cual debió decidir el titular del Juzgado de Instrucción 2 de Viedma era el riesgo procesal, aspecto fundamental para disponer la aceptación o denegación de la prisión preventiva.

En este marco, el juez afirmó que oportunamente había fundamentado la prisión preventiva de Bernardi "en la existencia de graves circunstancias que evidenciaban riesgo procesal: entre ellos, la pena en expectativa del delito enrostrado (grave), la situación de riesgo y temor de víctimas y testigos, la existencia de violencia de género y el lugar de poder del imputado".

Sin embargo, "esos argumentos fueron rechazados el 29 de septiembre del 2015 por la Cámara en lo Criminal que intervino al revisar y revocar la prisión preventiva de Bernardi ordenada por el suscripto".