Un hombre no aceptó que su pareja había decidido terminar con la relación y cuando se lo dijo la encerró en su habitación donde la golpeó y la amenazó. La chica lo denunció y el agresor fue imputado por el delito de “privación ilegitima de la libertad agravada, en contexto de género”.
TEP, así lo identifican al acusado, fue condenado a dos años de prisión en suspenso y el cumplimiento de pautas de conducta, entre las que se incluye la prohibición de acercamiento.
La sanción fue acordada en un juicio abreviado propuesto por la defensora Oficial Adjunta Andrea Villanueva y la fiscal Adjunta Maria Annabella Camporesi, y en el que el acusado confesó su culpabilidad.
El incidente se produjo alrededor de las 19 del 14 de noviembre de 2021 en el domicilio del agresor, ubicado en un barrio de Cipolletti, donde había concurrido la joven. Estaban en la habitación de él y le dijo que no quería continuar con el noviazgo. Pero el muchacho no lo aceptó y se tornó agresivo, sostiene la imputación.
La empezó a insultar y mientras le decía que estaría solo con él, cerró la puerta con llave, impidiéndole que saliera, y le sacó el celular para que no pudiera pedir auxilio. Después la arrojó sobre la cama y la agredió físicamente. También le dijo que “la iba a cagar a tiros a ella y a su padre”, generándole temor. Así la retuvo hasta la medianoche, hora en que se presentó una patrulla policial. La madre del agresor había ido pedido ayuda a una dependencia cercana, para que fueran a rescatar a la joven.
Incluso la mujer autorizó a los uniformados a abrir la puerta, porque su hijo se negaba a abrirla voluntariamente. Debieron forzar la puerta para entrar, y así pudieron liberar a la chica y detener al agresor.
La jueza Alejandra Berenguer avaló el acuerdo entre las partes y dictó el fallo en los términos consensuados.
Tuvieron en cuenta en el acuerdo la ausencia de antecedentes penales de TP y que la víctima no planteó objeciones a la resolución.
El hombre deberá cumplir pautas de comportamiento. Entre ellas tiene prohibido acercarse a la ex a menos de 200 metros ni por ningún otro medio. De presentarse trimestralmente al Instituto de Asistencia de Presos y Liberados, no debe cometer nuevos delitos ni consumir bebidas alcohólicas ni drogas en la vía pública.