Por un fallo judicial que sienta precedente, una obra social deberá suministrarle a un joven cipoleño con síndrome de West aceite de cannabis de manera gratuita y periódica para su tratamiento. El juez civil Federico Corsiglia dictó la sentencia luego de analizar a fondo el amparo que presentaron los padres de Gustavo Paredes, de 25 años. “Estamos felices, es un gran paso y un alivio para toda la familia”, expresó su hermana Cynthia.
“Ahora, las obras sociales se tendrán que hacer cargo de la medicación de sus afiliados”, celebró la hermana del beneficiado.
Recurrieron a un amparo porque Osecac se negó a brindarles el tratamiento terapéutico prescripto por el médico de cabecera, quien solicitaba autorización para procurarle aceite de cannabinoides. Gustavo sufría más de 100 convulsiones diarias, tenía conductas agresivas con su entorno y debía utilizar un casco para protegerse de los golpes que se autoinfligía y de los que sufría al caer luego de convulsionar. La efectividad de la medicina tradicional era escasa y transitoria.
En febrero pasado probó algunas muestras del aceite conocido como Charlotte’s web, y su estado de salud mejoró sustancialmente, su médico cabecera solicitó la provisión de ese fármaco.
Según contó su hermana, con el aceite dejó de convulsionar, y si tiene una convulsión esporádica, su cuerpo se repone rápidamente. Además, ya no se golpea. Ha cambiado su conducta. “Hasta febrero no podíamos hacer nada. Hoy, podemos ir a tomar un helado”, graficó.
Para el magistrado, el cuadro de situación no podía esperar, por lo que “consideró admisible el reclamo y la existencia de un daño grave, en tanto el problema de salud que aqueja a Gustavo requería un tratamiento inmediato y distinto al aplicado hasta ese momento”.
Advirtió que la obra social permaneció en silencio, obligando a la familia a iniciar acciones legales y recordó que hay una ley -aún no reglamentada- que permite los tratamientos con aceite de cannabis.
El juez Corsiglia dijo que la sentencia sólo es precedente para personas que tengan una prescripción médica similar a la de Gustavo.
Qué dice la sentencia judicial
Gratis
La obra social deberá brindar el medicamento con cobertura integral al 100%. El juez ordenó que la provisión deberá ser efectiva en forma periódica y de acuerdo con las necesidades y del tratamiento.
No es para todos
La sentencia no es aplicable a cualquier afiliado. Deben tener patologías específicas y prescripción médica.