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Las etapas y plazos de la investigación

Cuando una denuncia es admitida, se realiza un sumario preventivo que debería resolverse en tres meses.

No todas las denuncias presentadas ante el Consejo de la Magistratura generan una investigación sino sólo las que son consideradas “admisibles”, es decir, las que según el criterio de los integrantes del Consejo, son viables.
El sumario de prevención previsto en la ley se nutre de las disposiciones establecidas en el Reglamento Judicial. La investigación preliminar tiene como fin el “esclarecimiento de los hechos denunciados”.
Tiene que concluirse en un plazo máximo de tres meses “a contar desde la fecha de avocamiento”. El plazo puede ser prorrogado “si las circunstancias así lo aconsejan y previa solicitud fundada al Presidente del Consejo, quien podrá conceder dicha prórroga por única vez y por igual término”, sostiene la reglamentación.
Una vez que se inició, el sumario no puede suspenderse y debe asegurarse al acusado un trámite “ágil y sencillo que resguarde las garantías constitucionales de defensa en juicio y debido proceso legal”.
Aunque son numerosos los trámites en los que los plazos se extendieron mucho más allá de lo contemplado por la ley.