El juez Ricardo Apcarián, quien analizó el amparo contra la consulta popular por la municipalización de Las Grutas dispuso una medida cautelar y ordenó la suspensión provisoria del referéndum, convocado mediante Ordenanza 4873/15 y Decreto 1575/15 del Municipio de San Antonio Oeste.
La medida tendrá vigencia hasta que se resuelva la cuestión de fondo planteada en la presente acción judicial.
Además requirió al Intendente Municipal de San Antonio, un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de tres días, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto.