En cuanto a los planteos del defensor Juan Pablo Piombo, quien impulsó una nulidad por no haberse unificado la representación de los querellantes (por un lado la familia de la víctima fatal y por otro los representantes de la clínica), el STJ concluyó que "en nada se ha afectado el derecho de la defensa pues ambas querellas actuaron dentro del límite y necesidad de sus intereses".
Asimismo, fue descartada la presunta inimputabilidad de Díaz Sigri. En este aspecto, el STJ analizó como acertado el criterio de la Cámara en lo Criminal Segunda de Cipolletti, que se ajustó a los informes donde se hacía hincapié en que la acusada "al momento del hecho comprendía cabalmente la criminalidad de su obrar y podía dirigirlo. No se trató de un obrar explosivo e incontrolable, sino en todo caso de un accionar planificado que se le fue de las manos al provocar la muerte injusta de quien no tenía en miras de causar directamente".
El crimen de Milla tuvo lugar el 23 de marzo de 2013, en al centro de salud de Yrigoyen y Mengelle.