El 17 de Mayo de 1990 la Organización Mundial de la Salud (OMS) decidió retirar la homosexualidad de su lista de desórdenes mentales e incluirla oficialmente como una variación natural de la sexualidad humana. Este importante avance fue un gran paso adelante hacia la consideración de la orientación sexual y la identidad de género como un derecho humano fundamental. Desde entonces, la comunidad científica internacional se opone a todos los enfoques que consideran la homosexualidad como una enfermedad u otras concepciones patologizantes y estereotipantes de lo que constituye una expresión propia de la diversidad y variabilidad humana. Como sociedad, en Argentina se ha avanzado en el reconocimiento de la heterosexualidad como una de las orientaciones sexuales posibles – y no como la única legítima –, dentro de la diversidad de modos de vivir y expresar el deseo y el afecto entre las personas.
Por otra parte, el pediatra Albino expresó: "Veo a esas niñas con las uñas pintadas y peinados de peluquería con 8 años, ¿saben por qué? Porque las violan de noche". Estas declaraciones constituyen una violación de los derechos de los niños, las niñas y adolescentes, consagrados en la ley nacional 26.061, en tanto reproduce una concepción estigmatizante y prejuiciosa sobre la infancia y la niñez, como también de la libre expresión y vivencia del género, derecho humano de todas las personas.
El INADI sostiene la concepción que rescata el significado profundo de la diversidad, y que al mismo tiempo incorpora la igualdad en términos de derechos. A su vez, se rechaza esta postura que atenta contra la construcción de una Argentina igualitaria y ratifica el compromiso y trabajo por la interculturalidad, la profundización de los procesos democráticos y la inclusión social, a partir de la puesta en valor de la diversidad y el paradigma de los derechos humanos como principios rectores.