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Confesó que manoseó a su hijastra menor y no va preso

El hombre abusó de la menor de 9 años de edad en una casa que ocupaban en Cipolletti. Las partes acordaron un juicio abreviado y lo condenaron a prisión en suspenso y el cumplimiento de pautas de conducta.

Un hombre admitió que manoseó a su hijastra de 9 años de edad fue condenado en un juico abreviado a tres años de prisión en suspenso, por lo que no irá preso en esta instancia, y deberá cumplir pautas de conducta.

Los hechos atribuidos ocurrieron en un domicilio de Cipolletti entre el 19 y 21 de abril del año pasado, cuando el depravado, identificado en el fallo judicial como JLG, ultrajó a la menor.

La acusación relata que JG estaba acostado en un colchón que se encontraba en la sala de la vivienda junto con la niña y, aprovechando que su madre se encontraba bañándose, la sorprendió “efectuándole tocamientos libidinosos”.

JG fue imputado por el delito de “abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido contra una menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia preexistente”.

La causa derivó en una propuesta de juicio abreviado que presentaron la fiscal Adjunta,

Yésica Montenegro, la defensora de Menores, Alicia Merino y el defensor Oficial, Mario Nolivo, planteo que contó con la confesión del propio imputado y la aceptación por parte de la madre de la víctima.

El acuerdo estableció la condena a tres años de prisión de cumplimiento condicional, por lo que no lo lleva a la cárcel, pero con debe acatar medidas de comportamiento. Entre ellas fijar domicilio y no mudarse sin aviso, someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados, presentarse una vez cada dos meses al Juzgado de Ejecución, no cometer nuevos delitos ni abusar de bebidas alcohólicas ni consumir drogas.

El juez Guillermo Maquero Lazcano aceptó el acuerdo y dictó la sentencia en esos términos. Consideró que había pruebas suficientes para declararlo culpable, como la declaración de la niña en cámara Gesell.

También tuvo en cuenta para acceder a la condicionalidad del castigo que el acusado no registra antecedentes penales computables.