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Cómo inscribir una vivienda como bien de familia

Las propiedades únicas de una familia pueden ser protegidas legalmente para evitar que sean ejecutadas o embargadas.

El Registro de la Propiedad Inmueble, dependiente del Ministerio de Gobierno y Comunidad, recordó que está vigente el servicio de Bien de Familia, de fácil acceso para titulares de propiedades destinadas a ser viviendas familiares habitadas, rurales o urbanas.

Una vez inscripto en este programa, el inmueble no puede ser ejecutado ni embargado (salvo excepciones) por las deudas que contraiga su titular posteriormente a su afectación. Por ello, sólo se puede asentar bajo este régimen una única vivienda por grupo familiar.

Para iniciar el trámite deben concurrir el o los titulares del inmueble en forma conjunta, apoderado o autorizado con firma certificada por escribano. Para ello podrán solicitar turno en la delegación más próxima a su domicilio en la página del Registro. En la sección de “trámites” seleccione el ítem “Protección a la Vivienda”.

Luego, en el día y horario establecido, deberán presentar la documentación solicitada para iniciar el trámite. Allí se le informará el día y la hora en la que tendrán que asistir nuevamente a la delegación para firmar la documentación correspondiente y retirar el título de propiedad.

Documentación a presentar

  • Título de Propiedad original o constancia certificada por la entidad bancaria en cuya custodia se encuentra el título original.
  • Certificado catastral diligenciado por la Dirección de Catastro.
  • Formulario Nº 1, de Informe sobre asientos vigentes (doble ejemplar). (*)
  • Declaración Jurada. (*)
  • Acta Administrativa. (*)
  • DNI de titular/es dominial/es para certificar la/s firma/s (original y fotocopia)
  • Certificado o Partida de Matrimonio, Nacimiento o Libreta de Familia (originales y fotocopias).
  • Minuta Digital

* Podés descargar la documentación desde este link.