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Un adolescente logró su reconocimiento biológico ante la Justicia

Un adolescente de 16 años logró que la Justicia reconociera su filiación biológica tras una prueba de ADN, garantizando así su derecho a la identidad.

En un caso que resalta la importancia del derecho a la identidad, un adolescente de 16 años logró que la Justicia reconociera su filiación biológica con su padre. Con el respaldo de la Defensoría Pública de Cinco Saltos, el joven inició una acción legal para que su apellido paterno fuera incorporado a los registros oficiales, amparado en el principio de capacidad progresiva.

La jueza de Familia de Cipolletti falló a favor del reclamo tras la realización de una prueba de ADN que confirmó el vínculo biológico con el hombre señalado como su padre. En su sentencia, destacó la importancia del derecho a la identidad, respaldado tanto por la legislación nacional como por normativas internacionales.

Un reclamo basado en el derecho a la identidad

El adolescente presentó la acción judicial con el patrocinio de la Defensora de Pobres y Ausentes de Cinco Saltos. Según su testimonio, su madre había mantenido una relación sentimental sin convivencia con el presunto padre en 2006. Cuando ella quedó embarazada, el hombre manifestó que asumiría su responsabilidad, pero poco después se mudó a Buenos Aires y nunca intentó contactarlo.

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La Defensoría del Pueblo acompañó el pedido del adolescente.

Durante el proceso judicial, la jueza ordenó la realización de un análisis genético para determinar la filiación. El presunto padre aceptó someterse a la prueba, aunque sostuvo que desconocía la existencia del joven hasta recibir la notificación judicial. Además, argumentó que su relación con la madre había sido breve y que se trasladó a Buenos Aires “por motivos laborales” antes del nacimiento. También explicó que desde 2015 reside nuevamente en la región.

Una prueba concluyente

Las muestras biológicas fueron enviadas al Laboratorio Regional de Genética Forense de Bariloche, dependiente del Poder Judicial. El informe determinó una probabilidad superior al 99,9999998% de paternidad. Con esta evidencia irrefutable, la jueza otorgó al presunto padre un plazo de 10 días para que realizara el reconocimiento voluntario ante el Registro Civil. Sin embargo, el hombre no cumplió con la orden.

En su sentencia, la jueza destacó que el derecho a la identidad incluye tanto el conocimiento del origen biológico como la correspondencia entre la filiación real y la jurídica. Para respaldar su decisión, citó diversas normativas nacionales e internacionales, así como jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la validez de las pruebas genéticas en casos de filiación.

Finalmente, se dispuso que el adolescente adoptara el apellido de su padre biológico, conforme a su solicitud expresa en la demanda. De acuerdo con el Código Civil y Comercial, en estos casos, la autoridad judicial debe determinar el orden de los apellidos según el interés superior del menor. Además, se ordenó la inscripción del joven como hijo del padre biológico en el Registro Civil, garantizando así su derecho pleno a la identidad.