Según el expediente, el 12 de junio de 2016 en horas de la tarde, el imputado discutió con la madre de su hijo y se abalanzó sobre ella. Forcejeó muy fuerte y luego la golpeó en el ojo derecho y en el labio. Posteriormente continuó agrediéndola mediante puntapiés en la pierna derecha. Le provocó lesiones que fueron certificadas por un médico.
El 30 de agosto de 2017 el juez resolvió denegarle la suspensión de juicio a prueba que el imputado había solicitado. El letrado interpuso casación y como fue rechazada, presentó una queja ante el STJ.
El primer juez encuadró el hecho en un caso de violencia de género. Y así lo entendió también el STJ, por lo que el imputado deberá enfrentar la acusación establecida por la fiscalía a través de un juicio oral.
Según los magistrados del Superior Tribunal, la postura del juez cipoleño “encuentra sustento en la doctrina legal que rige el caso pues, en el contexto descripto, la conducta reprochada constituye efectivamente un claro acto de violencia de género, en la medida en que se trata de golpes de un varón adulto a su pareja mujer, que produjeron daños en el cuerpo y la salud de la víctima”. Es por eso que se rechazó la posibilidad de conceder la suspensión del juicio a prueba.
Golpeó brutalmente a su pareja y a la hijita y las amenazó de muerte con un cuchillo