Cipolletti.- Los Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma, doctores Gustavo Guerra Labayén, Rolando Gaitán y María Luján Ignazi, en autos caratulados: “BERNARDI JUAN ANTONIO, ANTUEQUE JULIO CESAR Y PERALTA FABÍAN EDUARDO:CAUSA 1VI-14037-P2015 S/ INCIDENTE DE APELACION”, resolvieron:
Primero: Rechazar los planteos de nulidad efectuados por las defensas de Juan Antonio Bernardi y Julio César Antueque.
Segundo: Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación formulado por la defensa de Juan Antonio Bernardi y, en consecuencia, confirmar el auto de fecha 28/03/15 respecto de su procesamiento, modificando la calificación legal allí asignada, que se establece “como autor del delito de promoción de corrupción de menores” (art. 125 CP).
Tercero: Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa de Juan Antonio Bernardi y, en consecuencia, revocar la prisión preventiva dictada a su respecto.
Cuarto: Rechazar la apelación deducida por el doctor Guillermo Suárez y confirmar en todos sus términos el dictado del auto de procesamiento con relación a Julio César Antueque.
Quinto: Recomendar al señor Juez de grado el análisis de la pertinencia y utilidad de las medidas sugeridas por la Fiscalía de Cámara a fs. 788/802.
Sexto: Registrar, protocolizar y notificar.