Borracho chocó contra un auto y fue condenado a resarcir a la víctima
Un conductor borracho que provocó un accidente de tránsito por no respetar la distancia mínima entre vehículos fue condenado a cubrir todos los daños materiales y a resarcir al otro conductor por una importante suma de dinero.
El hecho ocurrió sobre la Ruta 65 a la altura del barrio Puente 83. Los rodado involucrados fueron una camioneta Volkswagen Transporter y un Fiat Tipo. Ambos circulaban en la misma dirección camino a Fernández Oro.
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En esas circunstancias, el conductor de la VW frenó ante la presencia de los reductores de velocidad y fue impactado por el Fiat.
Se probó en el expediente que el conductor del Fiat Tipo iba alcoholizado y que, además, no respetó la distancia mínima, según la pericia accidentológica. Con esas pruebas, la jueza civil Soledad Peruzzi concluyó que la responsabilidad por los daños materiales debía recaer exclusivamente en él y fue condenado a resarcir al otro hombre por la suma de 58.600 pesos más intereses.
Hubo una apelación y luego de analizar las actuaciones, los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmaron el fallo de primera instancia.
Distancia mínima
La Ley de Tránsito argentina exige un mínimo de dos segundos de distancia entre vehículos en rutas, autopistas y autovías. Esto significa que, en territorio nacional, debemos conducir al menos a 54 metros del rodado que nos precede cuando vamos a 100 km/h (100 km/h es igual a 27 metros por segundo).
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