STJ rechazó recurso de queja de Agrupación Celeste del PJ
Lo hicieron por "considerar que es una cuestión no planteada oportunamente tornándose extemporánea su alegación en instancia extraordinaria".
Cipolletti.- El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja interpuesto por la Agrupación Celeste del Partido Justicialista por considerar que es una cuestión no planteada oportunamente tornándose extemporánea su alegación en instancia extraordinaria.
Los Jueces del STJ Dres. Sergio Barotto, Enrique Mansilla y Eduardo Roumec (subrogante), indicaron que “al analizar la admisibilidad del recurso intentado se advierte que nos encontramos ante una vía recursiva no prevista en el procedimiento electoral.”
“Como bien señala el Tribunal Electoral Provincial, corresponde destacar que desde un principio en autos el requerimiento de la Agrupación actora ha sido que se autorizara a certificar avales a través del apoderado supliendo el mecanismo previsto ante el Juez de Paz, Escribano Público o Junta Electoral partidaria, todo ello establecido en el Reglamento Electoral.
Cuestión distinta a la que se introduce posteriormente endilgando la inconstitucionalidad de la cantidad de avales. Y a mayor abundamiento, tampoco el recurrente formula una crítica concreta y razonada da las argumentaciones vertidas por el TEP en su sentencia objeto de reclamo”, concluyeron los Jueces del STJ.
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