Norma especial de exenciones impositivas
Este beneficio se extenderá a todo aquél que tenga a su cargo o sea responsable de una persona con discapacidad pero que cumpla con ciertas exigencias. Asimismo, la discapacidad deberá ser acreditada por el Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad, por el Ministerio de Salud de la Nación o por los organismos competentes de las provincias adheridas a la Ley Nacional Nº 24.901.
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