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Cipolletti: albañil murió electrocutado y su familia recibirá cerca de $3 millones

La víctima fue un albañil, de 45 años. Sufrió una descarga cuando construía una platea. El fuero civil de Cipolletti probó que la empresa encargada de transportar el hormigón fue responsable.

Indemnizarán a la familia de un albañil que murió electrocutado en una obra en construcción, en Cipolletti. La parte damnificada recibirá un monto cercano a los 3 millones de pesos.

En el fuero Civil se probó que la empresa encargada de transportar el hormigón fue responsable del episodio ya que se produjo una descarga por el contacto o la cercanía entre la grúa y una línea de media tensión. La compañía de seguros apeló, pero un nuevo tribunal desestimó los argumentos y confirmó el fallo.

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La víctima, de 45 años, estaba construyendo la platea junto a otros albañiles. El propietario contrató a una empresa para que descargara el hormigón, maniobra que se realiza con un camión con grúa y un manguerón por donde sale el cemento.

Los testigos afirmaron que otro obrero le dio esa manguera y que cuando el damnificado la manipuló, recibió una descarga y murió electrocutado. Ocurrió en 2013, en una obra ubicada en Molina Campos y Río Neuquén. Y la demanda se inició en 2016.

Los informes del gabinete de Criminalística y los de Edersa, la compañía que distribuye la energía, indicaron que la pluma del camión pasaba por sobre el cable de tensión eléctrica. También se indicó que la “salida del servicio” se produjo porque una hidrogrúa “elevó en demasía el brazo o dispositivo que soporta la manga de descarga de material y tocó o rozó con el mismo una fase de la Línea de Media Tensión provocando el corte de dicho apéndice”.

En cuanto a los riesgos eléctricos concluyeron que no es necesario tocar un elemento de tensión para electrocutarse. Simplemente con acercarse lo suficiente a una instalación eléctrica energizada y sin protección, puede provocar un arco eléctrico y paso de corriente.

En el caso, algunos testimonios aseguraron que la grúa había tocado los cables y que vieron chispas. Sin embargo, otros negaron esa situación.

El manual de buenas prácticas de la industria eléctrica indica que al trabajar en el manejo de grúas en las proximidades de las líneas eléctricas aéreas deben tenerse presente las distancias de seguridad, que va desde los 0,80 metros hasta los 3,60 metros de distancia dependiendo de la línea de tensión que se trate.

Sobre la base de esas conclusiones, el fallo del Juzgado Civil N°1 de Cipolletti consideró que la empresa del hormigón fue responsable por no respetar esa distancia mínima al operar con la grúa. Por ello, la compañía y su aseguradora fueron condenadas a resarcir a la esposa del trabajador fallecido por la suma de 2.840.915,16 de pesos. Eso incluye los rubros del valor vida o pérdida de chance, el daño moral, tratamiento psicológico y gastos de sepelio.

La aseguradora interpuso un recurso de apelación. Planteó que el incidente había sido por culpa de la víctima y cuestionó la valoración de las pruebas. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones en lo Civil desestimó esos argumentos. Entre otras cuestiones sostuvo que el fallo de primera instancia realizó un serio análisis en atención a la complejidad probatoria de la causa.

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