
Jueza rechaza revocatoria del abogado Gustavo Lucero
La magistrada, Sonia Martín, denegó la presentación por improcedente.
La magistrada denegó la presentación por improcedente (art. 422 “in fine” a “contrario sensu” del C.P.P.) y ordenó cumplir con lo requerido por la Cámara Primera en lo Criminal respecto de que el juzgado de primera instancia informe sobre el estado general de la causa a fin de prorrogar o no el tiempo de la instrucción.
En el resolutorio, la Jueza concuerda con el Agente Fiscal José Rodríguez Chazarreta en cuanto que “en los casos de suma gravedad y de muy difícil investigación, la prórroga acordada podrá exceder excepcionalmente de dicho plazo. Vencido dicho plazo, si no hubiera mérito para elevar la causa a juicio. Por lo contrario, no habiéndose cumplido con ese requisito, no resulta imperativo resolver”
“Por otra parte, tal como lo sostuviera el Dr. Carlos Vila, integrante de la Cámara III en lo Criminal de General Roca en Interlocutorio Nº316 al resolver el recurso de apelación en causa "Ojeda...", de la causa "Bulacio" -en referencia a lo resuelto por la CIDH- "es posible extraer en consecuencia que existe un derecho de la víctima a la verdad, a la investigación penal y al castigo de los responsables, que autoriza remediar yerros de los procedimientos obstructivos de estos derechos"” fundamentó en otro de los párrafos.
Cabe destacar en contraposición con lo resuelto por la jueza, el abogado Gustavo Lucero presentó esta mañana en la Cámara Criminal Primera un recurso de queja.
(Fuente: Oficina de Prensa - IV Circunscripción Judicial)
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